Declaración Jurada de Rentas — Persona Jurídica (Formulario 2)

Versión vigente V10 · Anual · revisado el 14 octubre 2026

Presentación

Vencimiento
3 meses después del cierre fiscal (31 de marzo con cierre a diciembre)
Periodicidad
Anual
Cómo se presenta
Formulario en línea en e-Tax 2.0 con anexos (90, 72, 73, 75, 78, 93, 94, 953, 2181). Tramites Panama genera la hoja de captura, los anexos en Excel y los .txt de los anexos 72 y 94 para e-Tax 2.0.
Nota
La V10 (enero 2026) incorpora el sector 'Sociedades de Emprendimiento (Microemprendedores)'.

Fuente DGI ↗ · Instructivo oficial ↗

Vencimientos 2026

  • Renta jurídica periodo 2025 (F2)31 de marzo de 2026
  • Renta jurídica 2025 con prórroga30 de abril de 2026
  • Impuesto estimado — 1.ª partida30 de junio de 2026
  • Impuesto estimado — 2.ª partida30 de septiembre de 2026
  • Impuesto estimado — 3.ª partida31 de diciembre de 2026
Agregar el calendario fiscal a su agenda (.ics)

Parámetros que aplica el cálculo

Tarifa
25 % sobre la renta neta gravable
CAIR
4.67 % sobre ingresos gravables cuando superan B/. 1,500,000
Plazo
Dentro de los 3 meses siguientes al cierre del periodo fiscal (31 de marzo para cierre al 31 de diciembre).
Arrastre de pérdidas
5 años, 20 % anual, tope 50 % de la renta

Normas aplicables (9)

LeyVigente desde 01/07/2010

Ley 8 de 15 de marzo de 2010

Reforma tributaria: eleva la tarifa general de ITBMS del 5% al 7%, fija la tarifa de ISR de personas jurídicas en 25% y regula gastos de representación y crédito de transporte.

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
LeyVigente desde 01/07/2010

Código Fiscal, artículos 699, 699-A, 700 y 710

Tarifa del 25% sobre renta neta gravable; método de cálculo alterno (CAIR, 4.67% sobre ingresos gravables) para ingresos > B/.1,500,000; régimen PYME (699-A); impuesto estimado (710).

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
LeyVigente desde 02/02/2005

Código Fiscal, artículo 698-A

Las pérdidas se arrastran hasta 5 periodos fiscales, 20% por año, sin exceder el 50% de la renta neta gravable del periodo.

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
Decreto EjecutivoVigente desde 27/10/1993

Decreto Ejecutivo N.º 170 de 27 de octubre de 1993 (arts. 34, 49, 60, 86)

Reglamento del impuesto sobre la renta: provisión para cuentas malas, depreciación, amortización, gastos deducibles y exención de impuesto complementario.

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
Decreto EjecutivoVigente desde 27/10/2005

Decreto Ejecutivo N.º 143 de 27 de octubre de 2005 (arts. 12 y 16)

Deducibilidad de impuestos pagados y de donaciones (literales a–f del art. 16).

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
LeyVigente desde 28/08/2012

Ley 52 de 28 de agosto de 2012

Regula el impuesto estimado en tres partidas y el crédito de ITBMS aplicable al ISR (Anexo 2181).

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI ↗
LeyVigente desde 01/01/2022

Ley 256 de 26 de noviembre de 2021

Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP): la factura electrónica con CUFE es el único comprobante fiscal válido para sustentar débito y crédito de ITBMS y costos/gastos deducibles.

Revisado 14/10/2026 · Fuente DGI (Gaceta Oficial 29424-B) ↗
Aviso DGIVigente desde 01/01/2026

Aviso DGI/MEF de enero de 2026 — nuevas versiones de formularios

Entra en vigor el Formulario 2 V10 (nuevo sector Sociedades de Emprendimiento) y el Formulario 18 V8 (Panamá Pacífico, Zona Franca y Zona Libre).

Revisado 14/10/2026 · Fuente MEF ↗
LeyVigente desde 01/01/2027

Ley 526 de 28 de mayo de 2026 (Gaceta Oficial N.º 30534-B de 28 de mayo de 2026)

Entidades de grupos multinacionales con rentas pasivas de fuente extranjera deben acreditar sustancia económica en Panamá; en caso contrario tributan 15% definitivo. Aplica desde el periodo fiscal 2027 e introduce una declaración anual de sustancia (6 meses tras el cierre).

Vigente — aplicación diferida al periodo fiscal 2027; reglamentación pendiente (90 días desde publicación).
Revisado 14/10/2026 · Fuente Gaceta Oficial ↗

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